Éxodo 21–22
La Palabra: El Mensaje de Dios para míOther versions
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LEYES ACERCA DE LA ESCLAVITUD
Estas son las normas que darás a los israelitas:
Si compras un esclavo hebreo, trabajará para ti durante seis años, y al séptimo quedará en libertad, sin pagar nada. Si llegó solo, marchará solo; si llegó casado, su mujer marchará con él; si fue su amo quien le proporcionó esposa, de la que ha tenido hijos e hijas, la esposa y los hijos serán para el amo, y sólo el esclavo quedará en libertad. Pero si el esclavo renuncia formalmente a quedar libre, porque ama a su mujer y a sus hijos y a su amo, el amo lo llevará ante los jueces y, acercándolo a la puerta o a la jamba, le perforará el lóbulo de la oreja con un punzón, con lo que se convertirá en su esclavo para siempre.
Si uno vende a su hija como esclava, esta no quedará en libertad como los esclavos varones. Si el amo, al que había sido destinada, decide no tomarla por esposa porque le desagrada la muchacha, permitirá que paguen su rescate; pero no podrá rechazarla vendiéndola a ningún extranjero. Si la destina para su hijo, tendrá que tratarla como a una hija. Quien toma otra esposa, no privará a la primera de comida, ropa y relaciones conyugales; y si no cumple con alguna de estas tres cosas, ella podrá marcharse sin tener que pagar su rescate.
LEGISLACIÓN CRIMINAL
El que hiere a alguien y le causa la muerte, deberá morir también él. Pero si fue por accidente y Dios lo permitió, yo te indicaré un lugar en donde puede encontrar refugio.
Si alguien está reñido con su prójimo y lo asesina con premeditación, hasta de mi altar lo arrancarás y harás que muera.
El que pegue a su padre o a su madre, deberá morir.
El que secuestre a una persona, tanto si la vende como si la retiene, deberá morir.
El que maldiga a su padre o a su madre, deberá morir.
CASUÍSTICA CRIMINAL
Puede suceder que en el transcurso de una pelea, un hombre hiera a otro a puñetazos o a pedradas, sin causarle la muerte, pero obligándole a guardar cama; si el herido puede levantarse y salir a la calle con ayuda de un bastón, se absolverá al que lo hirió, pero tendrá que pagarle los gastos de la cura y de la convalecencia.
Si alguien apalea a su esclavo o a su esclava y alguno de ellos muere en el acto, el muerto deberá ser vengado; pero si sobreviven un día o más, ya no serán vengados, porque eran propiedad del amo.
Si en el transcurso de una pelea entre dos hombres, uno lastima a una mujer embarazada, haciéndola abortar, pero sin causarle ningún otro daño, el agresor deberá pagar la multa que el marido de la mujer solicite y los jueces ratifiquen. Pero si hay otras lesiones, entonces se exigirá vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie, quemadura por quemadura, herida por herida, golpe por golpe.
Si uno deja tuerto de un golpe a su esclavo o a su esclava, les dará la libertad en compensación por el ojo. Si le rompe un diente, también le concederá la libertad en compensación por su diente.
Si un toro acornea y mata a un hombre o a una mujer, se matará a pedradas al toro y no se comerá su carne; su dueño quedará libre de culpa. Puede suceder que el toro ya había embestido en otras ocasiones y el dueño del animal, estando avisado, no tomó precauciones; en tal supuesto, si el toro mata a un hombre o una mujer, al toro se le matará a pedradas y el dueño deberá morir. Si se le permite rescatar su vida a cambio de una multa, pagará la cantidad impuesta. Se aplicará esta misma ley en el caso de que el acorneado sea un muchacho o una muchacha. Si el toro acornea a un esclavo o a una esclava, el dueño del toro pagará treinta monedas de plata al amo del esclavo o de la esclava, y el animal morirá apedreado.
Si alguien tiene un pozo abierto, o abre una fosa y no la tapa, y un toro o un asno caen dentro, el dueño del pozo tendrá que indemnizar por los daños: pagará el precio del animal a su dueño y él se quedará con el animal muerto.
Si el toro de uno acornea al toro de otro y lo mata, venderán el toro vivo y se repartirán el importe; también se repartirán la carne del toro muerto. Pero si el toro ya había embestido en otras ocasiones y el dueño del animal, estando ya avisado, no tomó precauciones, entonces pagará al dueño del animal muerto un toro vivo, y él se quedará con el toro muerto.
LEYES ACERCA DE LA PROPIEDAD
Si alguien roba un toro o una oveja y los mata o los vende, restituirá cinco toros por cada toro y cuatro ovejas por cada oveja.
Si un ladrón es sorprendido en el momento del robo y lo hieren de muerte, no se considerará un homicidio; pero si esto sucede a la luz del día, sí se considerará un homicidio. El ladrón tendrá que restituir lo robado y, si no dispone de medios, él mismo será vendido para pagar lo que robó; pero si se encuentran en su poder vivos aún el buey, el asno o la oveja que robó, pagará el doble.
Si alguien permite que su ganado paste en el campo o en el viñedo ajeno causando algún daño, resarcirá el daño con los mejores frutos de su propio campo o viñedo.
Si alguien prende fuego y este se propaga por los matorrales quemando las gavillas o las mieses sin segar, o incluso el campo entero, el causante del incendio pagará los daños.
Si alguien le confía a otra persona su dinero u objetos de valor, y a esa persona se los roban de su propia casa, si se encuentra al ladrón, este restituirá el doble. Pero si no se logra descubrir al ladrón, el dueño de la casa será llevado ante los jueces para atestiguar que no se ha apropiado de los bienes del otro.
En caso de duda sobre la propiedad, cuando dos reclaman como suyo un buey, un asno, una oveja, un vestido o cualquier otro objeto perdido, la causa de ambos será presentada ante los jueces; y aquel a quien los jueces condenen, pagará al otro el doble.
Si alguien le confía a otra persona un asno, un toro, una oveja u otro animal cualquiera, y se le muere, o se lastima o se lo roban en ausencia de testigos, el pleito se decidirá jurando ante el Señor que no se apropió de los bienes a él confiados. El dueño del animal aceptará el juramento, y el otro no tendrá que pagar nada. Pero si el animal fue robado estando él presente, tendrá que pagárselo al dueño. Si el animal hubiera sido despedazado por alguna alimaña, presentará los despojos como prueba y no tendrá que pagar.
Si alguien pide prestado un animal a otro y, sin estar presente su dueño, el animal muere o se lastima, el que lo pidió prestado deberá pagarlo. Pero si el dueño está presente, no tendrá que pagarlo. Si era un animal alquilado, deberá pagar el alquiler.
LEYES MORALES Y RELIGIOSAS
Si uno seduce a una muchacha soltera y se acuesta con ella, pagará su dote y se casará con ella. Pero si el padre de ella no quiere dársela, deberá pagar la dote que suele darse por las vírgenes.
No dejarás con vida a ninguna hechicera.
Quien tenga trato sexual con un animal, deberá morir.
El que ofrezca sacrificios a otros dioses distintos del Señor, será exterminado.
No maltrates al inmigrante ni abuses de él, porque también ustedes fueron extranjeros en Egipto.
No hagas daño al huérfano ni a la viuda porque, si se lo haces, ellos clamarán a mí y yo los atenderé. Mi ira se encenderá contra ustedes y haré que mueran a espada. Entonces serán sus mujeres y sus hijos quienes se quedarán viudas y huérfanos.
Si prestas dinero a alguien de mi pueblo, al necesitado que vive contigo, no te comportes con él como un usurero; no le exijas intereses. Si te da su manto como garantía del préstamo, se lo devolverás antes de ponerse el sol, porque es lo único que tiene para cubrirse. ¿Con qué si no se tapará para dormir? Yo soy compasivo y, si clama a mí, lo escucharé.
No injuries a los jueces ni maldigas al jefe de tu pueblo.
No te retrases en presentarme las primicias de tus mieses y de tu vendimia. Me darás el primogénito de tus hijos y lo mismo harás con las primeras crías de tus vacas y ovejas: durante siete días dejarás a la cría con su madre, y al octavo me la entregarás.
Ustedes serán un pueblo consagrado a mí. No coman carne de animal despedazado en el campo; échensela a los perros.
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