»Cada siete años perdonarás toda clase de deudas. Lo harás de la siguiente manera: Cada acreedor le perdonará a su prójimo el préstamo que le haya hecho. Ya no le exigirá a su prójimo o hermano que le pague la deuda, porque se habrá proclamado el año del perdón de las deudas en honor del SEÑOR. Podrás exigirle el pago de sus deudas al forastero, pero a tu hermano le perdonarás cualquier deuda que tenga contigo. Entre ustedes no deberá haber pobres, porque el SEÑOR tu Dios te colmará de...
Deuteronomy 15:1–23